Informes para juzgados

Valoración del daño psicológico

Dibujo Cortesía de Lya

De una agresión física, siempre se deriva un daño psicológico mesurable, cuantificable, que ha de tenerse en cuenta en el caso de calcular la posible indemnización.

También se deriva un daño psicológico asociado a accidentes de tráfico, accidentes laborables o negligencias médicas. En este caso no se trata de dar fe de la credibilidad del testimonio, de si la persona cuenta un relato que puede ser cierto o no, sino de unos hechos que han ocurrido y que han causado un daño en la vida cotidiana del que lo sufre. A esto legalmente se llama: “valoración del daño moral” y se complementa con la actuación del médico forense.

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